viernes, 12 de abril de 2013

Confidencialidad y Calidad Asistencial

Un difícil equilibrio

Para obtener conocimiento sobre la calidad asistencial y los logros de los diferentes sistemas sanitarios es imprescindible el acceso a información personal de pacientes, que en muchos casos ha de monitorizarse a lo largo de un período más o menos largo de tiempo (por ejemplo, si queremos saber las infecciones, readmisiones o mortalidad tras la cirugía de cáncer de colon, o evaluar la efectividad y seguridad del cribado del cáncer de mama). Se necesita para ello recoger y almacenar datos individuales sobre las condiciones de salud particulares de cada caso, como hacer un seguimiento personal de cada enfermo a lo largo de todo su proceso asistencial. Y aquí entramos en conflicto entre el derecho individual de las personas a la confidencialidad y protección de la privacidad de sus datos y las necesidades sociales de mejorar el conocimiento sobre la calidad y el funcionamiento de sus sistemas sanitarios. 

Este es el punto de arranque del informe de la OECD titulado "Fortalecimiento de la infraestructura de información sanitaria para el gobierno de la calidad de los sistemas sanitarios: buenas prácticas, nuevas oportunidades y retos sobre la protección de la privacidad de los datos: hallazgos claves". Un título largo pero clarificador de su contenido. En el mismo se parte de la premisa de que la información sanitaria es un recurso imprescindible en todos los países para mejorar la salud de las poblaciones, mejorar la efectividad, la seguridad y la atención centrada en los pacientes, así como para promover las innovaciones y el desarrollo económico relacionado con el sector salud. Sin embargo, el equilibrio entre los derechos de los individuos a la protección de la privacidad de sus datos y el derecho a su utilización por fines de bien público es muy dispar entre los diferentes países que integran la OECD. Y ese punto de equilibrio es ciertamente difícil de establecer.

Si el acceso fuera totalmente libre se producirían riesgos tanto para las personas (robos de identidad, discriminación, daño psicológico, perjuicios económicos) como para la propia sociedad (pérdida de confianza en instituciones y gobiernos, riesgos políticos); pero si el acceso fuera muy restringido también entrañaría problemas a nivel individual (asistencia sanitaria menos segura, ineficiente e inefectiva) y social (pérdida de capacidad de innovación, ineficiencia del gasto público, menor esperanza y calidad de vida de la población). Los principales problemas para resolver este equilibrio los concretan en tres aspectos clave:

1.- ¿Cómo utilizar la información sanitaria personal cuando no se puede obtener el consentimiento informado o hacerlo tiene un coste prohibitivo? (por ejemplo, estudios retrospectivos a partir de grandes bases de datos). Esta es una gran barrera para poder llevar a cabo grandes estudios de monitorización o investigación sobre problemas de calidad asistencial. Por lo visto, algunos países tienen legislación específica para exonerar de la obtención del consentimiento informado a los proyectos considerados de interés público. El consejo sería que todos los países contaran con algo similar al respecto. También proponen pensar en un tipo de consentimiento más general que fuera válido para poder utilizar en un futuro los datos que actualmente se están almacenando en bases de datos administrativas y poblacionales.

2.- Consolidación de datos almacenados por diferentes administraciones o sistemas de atención descentralizados para poder tener información a nivel de país. Este es un reto de cada país y el peligro es que cuanto más se tarde en resolverlo (aquí tenemos el ejemplo de nuestras 17 CCAA), menos iniciativas de monitorización de la calidad y del funcionamiento asistencial surgirán y nos quedaremos sin esa información de forma definitiva.

3.- Aprobación de proyectos que requieren la utilización y el enlace de varias bases de datos custodiadas por varias administraciones. Lo ideal, desde luego, es que hubiera algún procedimiento de aprobación centralizado, tanto para estandarizar los requisitos, requerimientos y criterios de buenas prácticas, como por cuestiones de eficiencia para administraciones e investigadores.

La cosa se complica todavía más cuando se quiere elevar el tema a investigaciones de carácter internacional. Hasta ahora lo más que se ha podido hacer es la aplicación de protocolos de investigación comunes, pero manejando los datos de forma individualizada en cada país. Esto es una gran limitación para poder obtener un conocimiento adecuado sobre algunos temas específicos de calidad asistencial mediante comparaciones internacionales. La reforma de la Directiva Europea 95/46/EC sobre Protección de Datos puede ser una oportunidad para tratar esta cuestión.

El informe de la OECD anuncia además dos preocupaciones  para el futuro inmediato: Las limitaciones legislativas de acceso a los datos que pueden estar preparándose en futuras reformas con motivo de la implantación de sistemas de registro electrónico (historia clínica electrónica) y las dudas de si estos nuevos registros electrónicos tendrán la misma calidad y cantidad de información que los anteriores, por ejemplo para poder codificar diagnósticos. Cualquier reforma debería tener en cuenta sus repercusiones sobre la información sanitaria, las estadísticas y la investigación.

Anuncian un futuro estudio para averiguar si se puede aplicar un sistema de clasificación de riesgo a los datos y al uso de los mismos para detectar aquellos casos en que pueda ponerse en peligro la privacidad de los pacientes y emitir unas recomendaciones de buenas prácticas al respecto. 

Mientras tanto, ya tenemos los tres problemas señalados para ir dándoles vueltas...

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